Liquidación de Vacaciones
Actualizado: 17 ene
Nómina \ Liquidación de Vacaciones
Mediante el Artículo 187 del Código Sustantivo del Trabajo señala que el trabajador tiene derecho a 15 días hábiles continuos de vacaciones por cada año laborado, o proporcionalmente cuando se lleve menos de un año, y cuando el contrato de trabajo se termina.
Lo primero a tener en cuenta, es realizar la configuración de los parámetros de nómina. Para mayor información ver:
Nota: aplica para los módulos que tengan el complemento de nómina.
A continuación, podrá observar cómo elaborar este tipo de liquidación.
Ingrese a través de la Ruta: Procesos/Nómina/Liquidaciones Especiales/Vacaciones, elija el documento que debe estar creado previamente en el catálogo de comprobantes.

Una vez seleccione el documento, presione la opción elegir y diligencie los siguientes campos:
A. Fecha: digite la fecha de elaboración del documento o registro contable, para el uso de este campo es necesario usar el formato MM/DD/AAAA.
B. Detalle: relacione el detalle del documento.
C. Periodo de liquidación: digite el periodo de liquidación en su formato MM\DD\AAAA.
Cabe resaltar que para liquidar vacaciones debe digitar un periodo que sea dentro del mes para presentar planilla integrada de aportes, con el fin de que al generar la autoliquidación tenga en cuenta los aportes de seguridad social y parafiscal liquidados en las vacaciones.
Fechas
D. Inicio contrato: dato que se relaciona de manera automática de acuerdo a la información parametrizada en el contrato de la hoja de vida.
E. Terminación contrato: información que se relaciona automáticamente de los datos que estén registrados en el contrato de la hoja de vida.
F. Vacaciones pagas hasta: información que se diligencia de manera automática teniendo en cuenta los datos que estén registrados en la hoja de vida.
Cada vez que liquide vacaciones el sistema actualiza la fecha y si necesita liquidar nuevamente las vacaciones que ya se hayan liquidado y grabado debe cambiar esta fecha.
G. Nuevas vacaciones pagas: el sistema relaciona los datos, de manera automática según los datos que estén registrados en el contrato.
H. Inicio disfrute: importante digitar la fecha de inicio al disfrute de vacaciones.
I. Días a aplicar: el sistema le asigna por defecto 15 días hábiles y también es modificable.
J. Retorno disfrute: dato que es asignado de manera automática de acuerdo a la relación de festivos del catálogo de nómina, si en el contrato está marcado el sábado como día laboral, se tendrá en cuenta.
K. Grabar: una vez esté liquidado el contrato, es importante Grabar el documento. Siguiendo este paso a paso podrá elaborar este comprobante de vacaciones.
L. Días Compensados en Dinero: digite los días que se compensaran en dinero al empleado.
Nota: se realiza mejora que elimina la necesidad de agregar los días festivos de manera manual, ya que la información está disponible de forma interna hasta el año 2034
Así mismo, podrá obtener material audiovisual de Liquidación de Vacaciones
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