top of page
  • Linkedin
  • TikTok
  • alt.text.label.Instagram
  • alt.text.label.Facebook
  • alt.text.label.YouTube
busqueda
Ancla 1

Impuesto al Valor Agregado - IVA

  • Foto del escritor: Administrador
    Administrador
  • 4 ago 2023
  • 5 min de lectura

Actualizado: 19 may

Parametrización Inicial \ Fiscales \ Impuesto al Valor Agregado - IVA


Tabla de Contenido

El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un tributo indirecto que grava el consumo, se aplica sobre la entrega de bienes, la prestación de servicios, o sobre las importaciones. Su carácter indirecto significa que lo soporta el consumidor final, aunque lo recauda y remite el responsable (vendedor, prestador o importador).


El impuesto se denomina valor agregado porque no grava la totalidad del precio del bien o servicio, sino únicamente el valor que cada empresa agrega al producto durante el proceso de fabricación, distribución y venta.


Ejemplo en el ciclo económico (fabricación → distribución → venta), cada empresa compra productos o insumos que ya incluyen IVA y posteriormente los vende adicionando un margen de ganancia. El "valor agregado" corresponde a la diferencia entre el precio de venta y el costo de compra del producto o servicio. Sobre esa diferencia es donde realmente se genera el impuesto.


Ejemplo sencillo

  • El fabricante vende al distribuidor por 100.000

    • IVA (19%): 19.000

    • Total factura: 119.000

  • El distribuidor vende al detallista por 150.000

    • IVA (19%): 28.500

    • Total factura: 178.500


Sin embargo, el distribuidor no entrega al Estado los 28.500 completos, ya que puede descontar el IVA que pagó anteriormente al fabricante (19.000).


Por lo tanto el distribuidor solo paga (28.500 - 19.000 = 9.500) 9.500 que corresponde al impuesto generado.


Hecho Generador


Los hechos generadores del IVA según el artículo 420 del Estatuto Tributario son:


  • La venta de bienes corporales, muebles e inmuebles, con excepción de los expresamente excluidos.

  • La venta o cesión de derechos sobre activos intangibles únicamente asociados con la propiedad industrial.

  • La prestación de servicios en el territorio nacional, o desde el exterior, no excluidos expresamente.

  • La importación de bienes corporales no excluidos expresamente.

  • La circulación, venta u operación de juegos de suerte y azar, con excepción de las loterías y de los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por Internet. Es importante señalar que en los juegos de suerte y azar el IVA se causa en el momento de realizar la apuesta, la expedición del documento, formulario, boleta o instrumento que da derecho a participar en el juego. Por tanto, es responsable del impuesto el operador del juego.


En Colombia, el IVA puede ser clasificado en las siguientes categorías:


  • Gravados: son aquellos bienes y servicios a los que se les aplica una tarifa del 19% y 5%.


  • Excluidos: son aquellos bienes o servicios que, por disposición legal, no están sujetos al impuesto sobre las ventas.


  • Exentos: son aquellos bienes y servicios que, aunque se aplican al IVA, tienen una tarifa del 0%, es decir, no se les cobra el impuesto, pero aún forman parte del régimen.


  • No sometidos: son aquellos que no están incluidos en el régimen del impuesto sobre las ventas y, por lo tanto, no se les aplica el IVA.


Base Gravable

La base gravable del IVA es el valor sobre el cual se aplica la tarifa del impuesto para calcular el monto a pagar. En Colombia, por regla general, esta base coincide con el precio de venta del bien o la remuneración pactada por el servicio.que es la tarifa


Tarifa

La tarifa del IVA es el porcentaje que se aplica sobre la base gravable para calcular cuánto impuesto se debe liquidar. En Colombia existen varias tarifas (por ejemplo, 0%, 5% y 19%), que cambian según el bien o servicio y la norma vigente


Cálculo del Impuesto


Ejemplo de Cálculo con Tarifa

Supongamos una venta de bienes sujetos a tarifa general del 19%:


Base gravable: 1.000.000 (precio de venta sin IVA).

Tarifa IVA: 19%.

IVA a liquidar:1.000.000×19%=190.000

Precio total a pagar (con IVA incluido):1.000.000+190.000=1.190.000


Es decir, el vendedor debe facturar 1.190.000, de los cuales 1.000.000 son base gravable y 190.000 corresponden al IVA calculado con la tarifa del 19%.

Para crear, modificar o configurar una tarifa de IVA debe ingresar a través de la ruta: Sistemas/ Parámetros/ Fiscales. En la parte inferior de la ventana, seleccione la opción "Tarifas de IVA".



El software SysCafé ya incluye algunas tarifas de IVA preconfiguradas, tales como: Exento, Excluido y Gravado al 19%.


Para crear una nueva tarifa de IVA, seleccione la opción "Nuevo". Al hacerlo, se habilitarán varios campos que debe diligenciar, los cuales son los siguientes:


  • A. Código: Ingrese un código alfanumérico de máximo 3 caracteres.


  • B. Porcentaje: especifique el porcentaje de la tarifa, por ejemplo, 5 o 19.


  • C. Nombre: Ingrese el nombre de la tarifa, por ejemplo: "Gravado al 19%".


  • D. Otros parámetros


    INC: este parámetro se establece a las tarifas del 4%, 8% y 16% para personas naturales o jurídicas responsables del Impuesto Nacional al Consumo.


    Excluido: este parámetro se utiliza para identificar una tarifa de IVA como excluida, es decir, que no genera impuesto en la operación.


    Inactivo: esta opción permite deshabilitar la tarifa de IVA seleccionada, evitando que pueda ser utilizada en los movimientos o transacciones dentro del software.


  • E. Códigos Contables: Ingrese los códigos contables correspondientes para la tarifa. Estos incluyen la cuenta del IVA generada en ventas, devolución de ventas, compras y devolución de compras. Los códigos deben estar previamente configurados en el catálogo de Plan de cuentas.


    Podrá acceder al catálogo a través de la ruta: Archivos/Catálogo plan de cuentas.

    En el catálogo, las cuentas de IVA deben cumplir con las siguientes condiciones:


    • Estar configuradas con el parámetro: "Requiere y acumula saldos por terceros"

    • Tener activado el parámetro: "Cuenta de impuestos".


  • Al seleccionar "Cuenta de impuestos", se habilitará una ventana emergente donde se debe completar la siguiente información:


    Configuración de la Cuenta de Impuestos:


    Tipo:

    Para ventas: "IVA por pagar"

    Para compras: "IVA descontable"


    Detalle: Ingrese una descripción específica del impuesto para facilitar su identificación.


    Porcentaje: Indique el porcentaje correspondiente del IVA, por ejemplo 5% o 19%, según aplique.


  • F. Avanzados: El botón de "Avanzados" permite configurar los códigos contables especiales. Para realizar esta configuración, es recomendable consultar primero con un consultor de soporte, quien podrá brindar la orientación necesaria.



  • G. Herramientas: La opción de "Herramientas" permite realizar la reclasificación de tarifas de IVA, lo que facilita la búsqueda de artículos y servicios asociados a una tarifa específica o su cambio a una nueva tarifa. Las transacciones ya registradas no se verán afectadas y se mantendrán con la tarifa original.


    Tan pronto se digite la información en cada campo, debe Grabar el proceso.


    Nota: al ingresar al catálogo de tarifas de IVA, se debe tener especial precaución al activar el parámetro de "Impuesto Nacional al Consumo". Este parámetro debe ser utilizado exclusivamente en situaciones donde corresponda aplicar tarifas relacionadas con el impuesto al consumo. Si se trata de tarifas de IVA, no se debe activar este parámetro para evitar configuraciones incorrectas.


A través del informe podrá consultar los movimientos bimensuales o cuatrimestrales. Debe ingresar a través de la ruta: Informes/Fiscales/Informes de IVA.


  • A. Periodo: podrá filtrar un periodo determinado para la consulta de los comprobantes.


  • B. Parámetro resumido: podrá generar el informe activando este parámetro.


  • C. Imprimir: permite generar el informe en pantalla o directamente imprimirlo.


  • D. Excel: permite exportar la estructura del informe en Excel.

Nota: el informe depende de la configuración establecida a las cuentas de IVA en el catálogo plan de cuentas como cuenta de impuestos.

Los movimientos con el Nit. De la DIAN serán excluidos del informe, se asume que son los pagos.



Además, podrá obtener material audiovisual de Impuesto sobre el valor agregado.








MicrosoftTeams-image (4).png

¡Califica y comenta nuestro manual 🤓! Contribuye a mejorar tu experiencia.😎

cafecitobot.png
diadema.png

Líneas de atención
PBX: 601 9189888 -
333 623 6666

MicrosoftTeams-image (2).png
sitioweb.png

Sitio Web
Escribenos

bottom of page