Autorretención Especial en el Impuesto a la Renta
Actualizado: 17 oct 2024
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Tabla de Contenido
Se activa para aquellas empresas que tengan la responsabilidad de la autorretención en el RUT, antes llamado Rete Cree (Decreto 2201/16 & Decreto 0242/2024).
1. Información Fiscal
Para habilitar este impuesto debe ingresar por la Ruta: Sistema/Parámetros/Fiscales/Obligaciones tributarias/Es autorretenedor de Renta Decreto 2201.
2. Configuración Códigos Contables
Posteriormente, debe realizar la configuración de las cuentas a utilizar mediante la afectación de este impuesto.
Así mismo, debe ingresar por la Ruta: Archivo/Catálogo plan de cuentas\ Definición de cuentas/impuestos y relacionar de la siguiente manera:
Nota: La cuenta del activo, Anticipo Autorenta (DB) debe tener marcada la casilla de verificación “Requiere y acumula saldos por tercero”, en el catalogo plan de cuentas.
La cuenta por pagar pasivo, Autorretención en Renta (CR) debe tener marcadas las siguientes casillas de verificación: “Requiere y acumula saldos por tercero” y “cuenta de impuesto (requiere base)”.
3. Configuración Tipo de Comprobante
Para realizar la configuración en el tipo de comprobante, debe ingresar por la Ruta: Archivos/Catálogo tipo de comprobante/Parámetros específicos; seleccionar la opción Auto. Renta.
Al realizar la factura de venta el sistema realiza el cálculo correspondiente en la pestaña Impuestos/Retenciones; según la tarifa predeterminada.
Finalmente, al grabar la factura, la imputación contable quedará de la siguiente manera:
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